Yahoo Αναζήτηση Διαδυκτίου

Αποτελέσματα Αναζήτησης

  1. Los rasgos fundamentales del modelo social que propone la Constitución española de 1978, se basan en tres pilares: el principio de igualdad material (art. 9.2), los derechos sociales (Cap. III del Título I) y la regulación del modelo económico (Título VII).

  2. Los rasgos fundamentales del modelo social de Estado son los siguientes: el reconocimiento del principio de igualdad material (9.2 CE); de los derechos sociales (Capítulo III, Título I) y la regulación del modelo económico (Título VII). Explicaré, brevemente, cada uno de ellos.

  3. rídico-política de la cláusula del Estado social. Todo esto puede plantearse en otros términos: analizando en su globalidad los tres elementos de la formulación del artículo 1.1 CE. Ha afirmado Rubio Llórente que «es posible un Estado de derecho —con muchas salvedades— sin un Estado democrático.

  4. El Estado social y democrático de Derecho es uno de los componentes de la forma de Estado que adopta la CE de 1978 (art. 1), concretamente el que atiende a las relaciones entre pueblo y poder.

  5. Origen y evolución del Estado social. El Estado social se gesta durante la Revolución industrial. El desarrollo fabril del siglo XIX propicia el éxodo rural, el crecimiento de las ciudades y la aparición de una masa ingente de trabajadores que viven de la venta de su fuerza de trabajo.

  6. Al texto constitucional hay que referir la mayor etapa de normalidad democrática en Espa-ña, un valor más estimable que la estabilidad tan valorada. Bajo la influencia de la Constitución se ha transformado la sociedad y el Estado, pero a partir del 2010 se ha perdido capacidad de integración.

  7. Los derechos sociales se ubican en el Capítulo III del Título I de la CE (arts. 39-52). Se desarrollan los contenidos de la protección de la salud (art. 43), del medio ambiente

  1. Γίνεται επίσης αναζήτηση για