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Pago Electronico e5cinco. Es un esquema electrónico para el pago de derechos, productos y aprovechamientos, a través de internet y de ventanilla bancaria, donde ya no se utilizan las formas oficiales 5 y 16. Procedimiento para el pago. Vía internet.
- Clave De Referencia
Clave de referencia para pagos e5cinco. ... SAT > Fichas...
- Recibo Bancario
Página principal del Servicio de Administración Tributaria....
- Clave De Referencia
Para conocer los trámites y servicios de las Dependencias, Entidades, Órganos y Organismos que se pueden pagar a través del esquema e5cinco, visita sus páginas en internet. 2. ¿Qué información necesito para efectuar el pago de un derecho, producto o aprovechamiento? La información que requiere es:
BENEFICIOS DE e5cinco. Te permite realizar el pago por internet utilizando la banca electrónica, por lo que evita el desplazamiento hacia los bancos y las filas. También te permite el pago en ventanilla bancaria sin utilizar las formas fiscales impresas 5 y 16.
La clave 05 debe registrarse cuando la prestación de despensa se otorga a través de tarjeta electrónica. Fundamento legal: Regla 2.7.1.32., de la RMF vigente. 5. Si el pago se hace a través de distintas formas de pago ¿Qué clave debe registrarse en el XML?
Es un nuevo esquema para el pago de derechos, productos y aprovechamientos (DPA’s), a través de Internet y de ventanilla bancaria, donde ya no se utilizan las formas fiscales 5 y 16; surge el 22 de noviembre del 2004 como resultado del esfuerzo de dependencias y entidades para facilitar el pago y la realización de trámites o servicios ...
4.- ¿Todavía se puede pagar con las formas SAT 5 y SAT 16? No, dado que todos los servicios que proporciona la Secretaría de Economía ya se encuentran integrados al 100% en el sistema de pagos electrónicos.
La actualización de la LCO puede tardar de 36 a 48 horas a partir de la obtención del CSD, este proceso es automático y lo realiza el SAT y el PAC de forma conjunta, por lo que no es necesario realizar trámite alguno. 2.- ¿Cómo deberá incorporarse la retención de 5 al millar en una Factura Electrónica de Obra Pública?